REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA






En el día de hoy, cuatro (04) de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004), constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo la 11:00 de la mañana, se trasladó en compañía de la abogada Magaly Díaz Veroes, I.P.S.A, N° 22.450, Representante legal del Instituto Nacional de la Vivienda, a un inmueble ubicado en el Conjunto Residencial El Samán, Sector N° 03, Calle 06, N° 40, Municipio Guacara, Estado Carabobo, jurisdicción de este Juzgado, a fin de practicas Medida de Secuestro, decretada por el Juzgado primero de los Municipios Guacara y San Joaquín, de esta misma Circunscripción Judicial.- Una vez en el sitio se hizo presente la ciudadana Lissette Josefina Morales Molina, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.139.121, a quien el Tribunal notificó de su misión, manifestando que ocupa el inmueble con su grupo familiar desde hace varios años y que firmó documento de opción de compra con la adjudicataria Nicandys Linares, en fecha 24 de Mayo de 2000, consignando copia del mismo.- En es estado el Tribunal, declara Secuestrado el inmueble donde se encuentra en traslado, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones, se dan aquí por reproducidas, las cuales se encuentran claramente determinadas en el exhorto y lo pone en posesión del Instituto Nacional de la Vivienda, en la persona de su representante legal, hasta tanto éste resuelva lo conducente.- Seguidamente la apoderada judicial expone: “ Por cuanto el inmueble secuestrado se encuentra habitado y observando lo alegado por la notificada, solicito al Tribunal, deje el inmueble bajo su guarda y custodia.- Es Todo”.- En este estado el Tribunal acuerda de conformidad lo solicitado y consignar la copia fotostática consignada.- Se da por terminado el presente acto y cumplida su misión, acuerda regresar a su sede habitual, siendo las 11:45, de la mañana, del día de hoy.- Es todo”.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria, fdo ilegible, Abg., Gisela C. Giménez.- La Notificada, fdo. Lissette J. Morales M.- La Apoderada Actora, fdo. Magaly Díaz Veroes.- La Secretaria Acc., fdo. Ilegible, Carmen A. Borrero.-







Exh. 872-04