REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA
En el día de hoy, diecisiete (17) de Mayo de Dos Mil Cuatro (2004), constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, siendo las diez, de la mañana, se trasladó en compañía de la abogada Therbella Tortolero, I.P.S.A. Nº 57.753, Apoderada Judicial de la Sociedad de Comercio Inversiones El Mahomo Compañía Anónima (INELMACA), a un inmueble ubicado en el sector denominado Vigirima Abajo o Vigirima Toro, Zona Rural, Municipio Guacara, Estado Carabobo, jurisdicción de este Juzgado, a fin de practicar Medida Ejecutiva de Embargo, decretada por el Juzgado Segundo de los Municipios Guacara y San Joaquín de esta misma Circunscripción Judicial.- Se designa a la Depositaria Judicial Venezuela, C.A.,en la persona de su representante legal ciudadano Enrique Árles Figueroa, titular de la cédula de identidad Nº 5.370.914 y perito Avaluador al ciudadano Omar Ramírez, titular de la cédula de identidad Nº 14.079.727, quienes estando presentes aceptaron los cargos y prestaron el juramento de ley.- Seguidamente interviene la Apoderada actora y expone: “Señalo para ser embargado en forma ejecutiva el inmueble ubicado en la dirección antes señalada, que mide 39,15 mts, de frente, por 46,00 mts de fondo, con un área de 1.800,90 Mts y se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos: Particulares: Norte: Vía de acceso al terreno; Sur: con terreno de Antonio Da Silva; Este: Con lote rural de Inversiones El Mahomo, C.A., C.A., marcado con el Nº 65 y Oeste: Con terreno propiedad de Luis Alejandro Robles, marcado con el Nº 69.- El terreno antes descrito está comprendido dentro de los siguientes linderos generales: Norte: inmueble de la Sucesión Pimentel o de seis causahabientes, separadas por cercas de setos vivos y alambres de púas.- Naciente: La fila del cerro “El Ereigüe”; Sur: Terrenos de misma sucesión Pimentel o de sus causahabientes y por el Poniente: El antiguo camino de Guacara a Vigirima, separando el terreno de la Esmeralda y terreno de la misma sucesión Pimentel o de sus causahabientes, el cual aparece protocolizado en fecha 21 de abril de 1989, anotado bajo el Nº 35, Folios 102 al 104, del Protocolo Primero, Tomo 1, del Trimestre en curso.- Es todo” En este estado interviene el perito avaluador y expone: “Avalúo prudencialmente el inmueble señalado en la cantidad de Veinte Millones de Bolívares (Bs.20.000.000,ºº).- Es todo”.- En este estado, el Tribunal declara embargado en forma ejecutiva el inmueble señalado y justipreciado y lo pone en posesión de la Depositaria Judicial designada, en la persona de su representante legal quien lo recibe conforme para su representada.- Se da por terminado el presente acto, siendo las 12:45, de la tarde del día de hoy, y cumplida como ha sido su misión, el Tribunal, regresa a su sede habitual.- Es todo”.- Terminó, se leyó y conformes firman: La Juez Provisoria,. fdo:, ilegible.- Abg., Gisela C. Giménez, La Apoderada Actora, fdo., ilegible.- El Perito Avaluador, fdo., ilegible.- El Depositario, fdo., ilegible.- La Secretaria Acc., fdo., ilegible.- Carmen A. Borrero.
Exh.- 891-04