REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUIN Y DIEGO IBARRA


el día de hoy, once (11) de mayo de Dos mil Cuatro (2004), siendo las 10:30 de la mañana debidamente constituido como ha sido el Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara. San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, acompañado del abogado Aniello De Vita Canabal, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 45.467, Apoderado Judicial de Central Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A., parte actora, se trasladó a la Prolongación de la Avenida Principal de la Urbanización Ciudad Alianza, Segunda Etapa. Municipio Guacara, Estado Carabobo, jurisdicción de este juzgado, a fin de practicar Entrega Material, Real y Efectiva de un inmueble decretada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas, contra la Asociación Civil Provivienda Luisa Cáceres de Arismendi. En este estado, el Tribunal, en cumplimiento de su misión hace Entrega Material, Real y Efectiva a la Accionante Central Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A. en la persona de su representante legal, Abogado Aniello De Vita Caníbal, ya identificado, el inmueble constituido por un lote de terreno distinguido con la letra y número “AP” Uno raya Dos (AP1-2), en el plano respectivo, situado en la jurisdicción del antes Distrito y actualmente Municipio Autónomo Guacara. Estado Carabobo, con una superficie de Ciento Dieciocho Mil Quinientos Treinta y Nueve Metros Cuadrados con Siete Mil Noventa y Un Decímetros Cuadrados (118.539,7091 M²), cuyos linderos y medidas y demás determinaciones se encuentran claramente identificadas en el despacho de comisión y se dan aquí por reproducidas. Es Todo”.- En este estado, el Apoderado Actor, expone: “Recibo conforme el inmueble antes identificado, libre de personas. Animales y bienes, totalmente desocupado, para mi representada. Es todo”.Concluyó el acto siendo las 12:30 de la tarde, regresando el Tribunal a su sede habitual. Terminó, se leyó y conformes firman: Fdo. Ilegible La Juez Provisoria Abg., Gisela C. Giménez. Fdo. Ilegible El Apoderado Actor. Fdo. Ilegible La Secretaria Abg., Enith G. de Sevilla







Com. 881-04