REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO


GADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 24 de mayo del 2004.
194° y 145°
Por cuanto de la revisión efectuada al presente Expediente el Tribunal observa que no consta en autos la fijación del Cartel de Citación librado, de conformidad con lo establecido en el Artículo 206 del Código de Procedimiento Civil se repone la presente causa al estado en que la Secretaria del Tribunal fije el Cartel en la morada, oficina o negocio del demandado, dejando constancia en autos de haberse cumplido con las formalidades establecidas en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan sin efecto todas las actuaciones que corren a los folios 28 y 29 de la presente Pieza.
La Juez Titular,

Abog. Roraima Bermúdez G.
La Secretaria Titular,

Abog. Elea C. de Valenzuela.-



/nelly.-