REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 18 de mayo de 2004
194° y 145°
Con vista a la diligencia que antecede suscrita por la Abogada HAIDÉE MARCANO TEGUEDOR, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 61.279, el cual es del tenor siguiente: “ Por cuanto la parte demandada dio cabal cumplimiento al convenimiento celebrado en fecha diez y seis (16) de febrero de 2004, toda vez que pagó en la fecha y por los montos acordados; solicito respetuosamente a éste Tribunal por cumplida la obligación demandada, por lo que en consecuencia se tenga por extinguida la presente causa”. Se acuerda de conformidad, y debido a la afirmación de la parte Actora respecto al cabal cumplimiento de la obligación contraída en el convenimiento celebrado en fecha 16 de febrero de 2004 por la parte demandada, se dá por terminado el presente juicio, y se ordena el archivo del expediente. Y ASI SE DECIDE.
LA JUEZ,
ABG. ROSA MARGARITA VALOR P.
LA SECRETARIA,
ABG. LEDYS ALIDA HERRERA RONDON
EXP.: 49.985
Marisabel.-