REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Exp. N° 5429
Son remitidas las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del recurso de apelación ejercido tanto por la parte actora como por la parte demandada, en el juicio que por Accidente de Trabajo, incoare el ciudadano JESUS NOEL VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 4.448.284, debidamente asistido por la abogada Mariela Inés Zurita Yánez contra la Sociedad Mercantil JOHNSON & JOHNSON DE VENEZUELA S.A., domiciliada en Valencia, Estado Carabobo, originalmente inscrita por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 20 de diciembre de 1956, bajo el No. 58, Tomo 23-A, representada por los abogados GISELA BELLO CARVALLO, MARIA ELENA CARVALLO, YSABEL CARVALLO SANZ, LUIS ENRIQUE BELLO PARRA, MARIA AUXILIADORA KUPER BELLO, CAROLINA MORATINOS DE FELICE y DENISSE WADSKIER VISCONTI.
Se observa de lo actuado a los folios 231 y 232, que las partes apelantes (el mismo actor asistido de abogado, como la representante judicial de la Accionada) Desistieron de la apelación interpuesta en fechas 14 y 15 de abril de 1998, contra decisión dictada por el Extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 13 de marzo de 1998.
Por auto expreso se fijo lapso para pronunciar la sentencia que decida la controversia sujeta a la revisión de esta instancia superior, cuya materialización no llevó a cabo en virtud del desistimiento efectuado por las partes apelante.
Frente a los hechos narrados precedentemente, este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido tanto por la parte Actora como por la parte Accionada, contra decisión dictada por el Extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, de fecha 13 de marzo de 1998, y en consecuencia, NO TIENE MATERIA SOBRE LA CUAL DECIDIR.
Publíquese, Regístrese y Déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los veintinueve (29) días del mes de junio del dos mil cuatro. (2004). Años: 194° y 145°.
HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ,
ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA,
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:30 de la mañana.
LA SECRETARIA
Exp. N° 5429
HDdeL/ARR/Lisbeth Morillo
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