REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Segundo de Primera Instanciade Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, veintiocho de junio de dos mil cuatro
194º y 145º

Exp. : GP02-L-2004-000464
PARTE DEMANDANTE: VICTOR JIMENEZ
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: MARCO ROMAN AMORETTI,
LUIS ALDRICO ROMAN AMORETTI, GRISELDA ROMAN DE REYES
PARTE DEMANDANTE: SERMER C.A


En el día de hoy veintiocho (28) de junio de 2004, siendo la hora y el día fijado conforme se desprende de auto que riela en folio 21 para que tenga lugar la audiencia preliminar, este Tribunal deja constancia de la no comparecencia de la parte demandante, ni por si ni por medio de Apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley considera el PROCEDIMIENTO DESISTIDO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y Registrese la presente decisión. Años 194° y 144°.

La Juez


Abog. GUDILA SANCHEZ
La Secretaria



Abog. FARIDY SUAREZ