REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUERLA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN
Valencia 1de junio del 2004.
ASUNTO PRINCIPAL: GJO1-S-2002-000129
Ejecútese la sentencia definitivamente firme dictada por el Tribunal Primero de Control de este Circuito Judicial Penal de fecha 03-02-03 mediante el cual decreta el sobreseimiento de la causa seguida a LEVANE FRANCISCO JAVIER titular de la cédula de identidad Nº INDOCUMENTADO por la comisión del delito de VIOLACION DE DOMICILIO , previsto y sancionado en el articulo 184 del Código Penal, de conformidad con lo establecido en el, articulo 318 Ord. 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Es por lo que este Tribunal de Ejecución N°4 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal Ejecuta el presente sobreseimiento a favor del ciudadano LEVANE FRANCISCO JAVIER . Notifíquese Fiscal de Ejecución de Penas y medidas de seguridad y por cuanto la presente causa se encuentra terminada, ofíciese a la Onidex Caracas a los fines de informar lo acordado en sentencia definitiva y a la Consultoria Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Penales Científicas y Criminalisticas Caracas a los fines de dejar sin efecto cualquier solicitud en contra de los ciudadanos indicados de la causa Nº 2T-V-9473 Remítase a la oficina del Archivo Judicial para su Guarda y Custodia definitiva Cúmplase
LA JUEZ Nº 4 DE EJECUCIÓN
CECILIA ALARCÓN LA SECRETARIA
YESENIA HIDALGO