REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN
Valencia, 14 de Junio de 2004
Años 194º y 145º



ASUNTO : GJ01-P-1999-000010


Ejecútese la decisión firme dictada por el Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en función Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 12-05-04, mediante la cual Decreto Sobreseimiento de La Causa, seguida al ciudadano LUIS ALBERTO SARMIENTO, titular de la cédula de identidad N° indocumentado, por la presunta comisión del delito del delito de Hurto Agravado, previsto y sancionado en el artículo 454 ordinal 4° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano Jesús Manuel Contreras, en vista de que opero la prescripción ordinaria y extraordinaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 48 ordinal 1° del Código Penal. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre De La República Bolivariana De Venezuela Y Por Autoridad De La Ley, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, Ejecuta El Sobreseimiento DE LA CAUSA, a favor del ciudadano LUIS ALBERTO SARMIENTO, indocumentado. Por consiguiente este Tribunal, acuerda Oficiar a la Oficina de ONIDEX, a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a lo fines de que cese cualquier solicitud de búsqueda respecto al ciudadano Luís Alberto Sarmiento, relacionada con la presente causa y según Expediente signado con la nomenclatura del Expediente N° E-340.250 del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas. Por cuanto la presente causa, se encuentra terminada remítase a la Oficina del Archivo Judicial, para su guarda y custodia definitiva. Líbrense Oficios. Notifíquese. Cúmplase.-



Abg. Diana Calabrese Canache.
Jueza de Primera Instancia Penal
en función de Ejecución N° 3.



La Secretaria, Abg. Yecenia Hidalgo



En la misma fecha se cumplió lo ordenado.


La Secretaria,