REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

Vista la solicitud realizada por la Abg. Carmen Emperatriz Rodríguez, Defensora Pública, adscrita al Sistema Autónomo de Defensa Pública del Estado Carabobo, en su condición de defensora del imputado FIGUEREDO ROGER MAURICIO, titular de la cédula de identidad N° V.-16.863.817 a quien se le sigue causa por la presunta comisión de los delitos de Lesiones Personales y Actos lascivos; a los fines de que se le amplíe el lapso de presentación.
Este Tribunal para decidir observa:
Analizado el escrito presentado, advierte este despacho, que no acredita la solicitante en primer lugar cada cuanto tiempo se presenta su defendido, y en segundo lugar, por que se le dificulta cumplir con las presentaciones y como afecta su desempeño laboral, por lo que, así las cosas lo procedente y ajustado a derecho es negar lo solicitado y así se declara.
En base a lo anteriormente expuesto, este Juez de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda NEGAR , la solicitud de ampliación del plazo de presentaciones del Imputado Mauricio Figueredo Roger, realizado por su defensora. Notifíquese a las partes. Cúmplase