REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
ACTA
AUDIENCIA ORAL, PÚBLICA Y CONTRADICTORIA
FIJADA PARA EL DIA DE HOY,
MARTES TRECE (13) DE JULIO DE 2004
AÑOS 194º Y 145º


Se abrió la sesión presidida por la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, con la asistencia de la Secretaria del Tribunal Abogada ANTONIETA RAMOS REYNA y el Alguacil Sr. JAVIER ALCALA PEREZ.

Constituido el Tribunal en el Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a las doce meridiano (12:00 m.), a los fines de que tuviese lugar la audiencia prevista en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, donde las partes deberán formular sus alegatos y defensas oralmente, de manera pública y contradictoria, en relación con el recurso de apelación interpuesto por el apoderado judicial de la parte accionada JOHN CRANE VENEZUELA C.A., contra la decisión proferida por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, contenida en acta de fecha 07 de junio de 2004, en el juicio que por Prestaciones Sociales sigue GUSTAVO CORTEZ contra JOHN CRANE VENEZUELA C.A. Se dio apertura al acto y se deja constancia de la presencia en este acto del abogado CARLOS FIGUEREDO VILLAMIZAR, quien actúa con el carácter de apoderado judicial de la parte accionada apelante, quien se identificó con el No. de Inpreabogado 7.278; igualmente se encuentra presente el apoderado judicial de la parte actora abogado FRANCISCO JOSE ARDILES, quien se identificó con el No. 1 S.C.C. del Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil. Seguidamente la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, interviene acotando los puntos sobre los cuales versa la presente apelación. A continuación se le otorga el derecho de palabra a la parte accionada recurrente; quien expuso las razones que a su juicio justifican la apelación del fallo recurrido; igualmente se le otorgó el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso sus alegatos. Concluida su exposición, la ciudadana Juez HILEN DAHER DE LUCENA, intervino haciendo algunas acotaciones y formuló preguntas; procediendo a solicitarle al apoderado judicial de la parte demandada que presentara a los ciudadanos a los cuales se refirió en su exposición, es decir, el conductor del taxi y la médico que lo trató, hace acto de presencia el ciudadano chofer del taxi José R. Arias B., quien se identificó en el No. de cédula de Identidad 1.137.132, quien fue juramentado por la ciudadana Juez. Igualmente hizo acto de presencia la ciudadana médico Marcela M. Salazar R., quien se identificó con el No. de cédula de identidad 3.898.216 y Carnet del Centro de Salud No. 0004, quien fue juramentada por la ciudadana Juez, procediendo la Juez a formularle algunas preguntas. Seguidamente el Tribunal Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, pasa a decidir en forma oral e inmediata el presente recurso, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo declara: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte accionada. Ordena la REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado procesal en que se fije -en forma expresa- la oportunidad para la realización de la audiencia preliminar, por ante el Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo. Queda en estos términos revocada la sentencia recurrida. No hay condena en COSTAS.
Se ordena agregar al expediente C.D. de grabación del presente acto.
Se declara que ha concluido el acto y con éste la presente audiencia.
De conformidad con el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede el Tribunal en el mismo día de hoy, a publicar el texto del íntegro de la decisión.
Se retira la ciudadana Juez y se ordena la publicación de la presente Acta y del texto íntegro de la decisión.

Es todo, término, se leyó y conforme firman,



HILEN DAHER DE LUCENA.
JUEZ



EL APODERADO JUDICIAL DEL ACTOR,


EL APODERADO JUDICIAL
DE LA ACCIONADA APELANTE


LOS TESTIGOS,



ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA


Exp. No. 211-03
Recurso de Apelación