ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000558
PARTE ACTORA: VICTOR JOSÉ QUINTERO VILLALOBOS
PARTE DEMANDADA: EXTRUTEX, C.A.
REPRESENTANTE LEGAL DE LA PARTE DEMANDADA: ARACELIS LEÓN
ABOGADO ASISTENTE: OMAR GUEVARA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 6 de Julio de 2004, siendo las 9:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que compareció a la misma la parte demandada, sociedad de comercio EXTRUTEX, C.A., a través de su representante legal, ciudadana ARACELIS LEÓN, titular de la cédula de identidad N° 7.103.957, asistida por el abogado OMAR GUEVARA, Inpreabogado N° 22.437, así como de la incomparecencia de la parte actora, ciudadano VICTOR JOSÉ QUINTERO VILLALOBOS, titular dela cédula de identidad N° 7.082.097, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez


Abog. Atilia Olivo Gómez
Por la demandada



Abogado Asistente



La Secretaria


Abog. Odalis Parada Márquez