REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, dos de julio de dos mil cuatro
194º y 145º

ASUNTO : GP02-L-2004-000619




Visto que la parte actora, ciudadano ELIGIO SEGUNDO GONZÁLEZ SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° 10.685.369, no corrigió el libelo contentivo de demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES incoara contra las sociedades de comercio CONSTRUCTORA AIDIN, C.A. e C.A. HIDROLÓGICA DEL CENTRO, dentro del lapso de los dos (2) días hábiles indicados en auto de fecha 18 de junio de 2004, este Tribunal Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA. Publíquese.
La Juez


Abog. Atilia Olivo Gómez
La Secretaria


Abog. Loredana Massaroni