REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL


En el proceso seguido contra el ciudadano ANTONIO SÁNCHEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.679.667; por la presunta comisión del delito de Porte Ilícito de arma de Fuego, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal; Se advierte de la Revisión realizada a la causa

se observa que en fecha 03-12-2000 se realizó la Audiencia Especial de Presentación de Imputados, por la presunta comisión del delito señalado. Posteriormente en fecha 12-11-2002, se fijó plazo prudencial de dos (2) meses a la Fiscalía Quinta del Ministerio Público para que presentara acusación o realizara algún acto conclusivo, lo cual no ha ejecutado hasta la fecha, es decir no ha realizado ningún acto conclusivo de la investigación.
En virtud de lo anterior, en atención a la tutela judicial efectiva y sin dilaciones injustificadas, y por mandato de nuestra Ley Penal Adjetiva que en su Artículo 314, consagra que : “…Si vencidos los plazos que le hubieren sido fijados, el Fiscal del Ministerio Público no presentare acusación ni solicitare sobreseimiento de la causa, el Juez decretará el archivo de las actuaciones…”; lo que se ha materializado en el presente caso, este Tribunal de primera Instancia en lo Penal en Función de Control N° 2 Administrando Justicia, en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES de conformidad con lo previsto en la parte in fine del artículo 314 del Código Orgánico Procesal Penal y el CESE DE CUALQUIER MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD que pese sobre el ciudadano En el proceso seguido contra el ciudadano ANTONIO SÁNCHEZ TOVAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 9.679.667. Se acuerda notificar al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin de dejar si efecto cualquier solicitud u orden de captura que por esta actuación pese contra el referido ciudadano.
Publíquese, regístrese, notifíquese. Remítase al Archivo central para su custodia. Cúmplase.