REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 20 de Julio de 2004
194° y 145°
Vista la sentencia dictada por el Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Protección de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en fecha 30 de marzo de 2004, en la cual se condenó al recusante a pagar una multa por la suma de DOS MIL BOLÍVARES (2.000,00), se ordena al ciudadano ANTONIO SOTELO GONZÁLEZ, que en el término de tres (03) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación del presente auto, consigne en el expediente la constancia de haber pagado la multa por la suma de DOS MIL BOLÍVARES (2.000,00) bolívares, por ante cualquier institución bancaria receptora de fondos nacionales, con la advertencia de que en caso de incumplimiento a lo aquí ordenado sufrirá arresto de quince (15) días, tal como lo dispone el articulo 98 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Boleta de Notificación.
La Juez Titular,

Abog. Roraima Bermúdez G.
La Secretaria,

Carmen Martínez,

En la misma fecha se libró Boleta de Notificación.-
La Secretaria,

/ar.