TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 14 de Diciembre del 2.004
194° y 145°
Vista la solicitud formulada por la ciudadana ROSAURA ANDREINA PEREZ OCANTO, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°:15.655.571, asistida por el Abogado en ejercicio SILVIO LUIS MORENO VALERO, Inpreabogado N°: 48.775, mediante la cual solicita AUTORIZACION JUDICIAL, para cobrar y recibir en nombre y representación de sus hijos KLEIBER EDUARDO Y ROSMER ANDRES PEREZ PEREZ y de CARLOS JAVIER PEREZ RODRIGUEZ, los beneficios dejados por su padre el De-Cujus CARLOS ANDRES PEREZ PAEZ, quien era portador de la Cédula de Identidad N°:14.251.810, quien laboraba en la EMPRESA AMERICAN MOTOR & HEALTH ASSOCIATION DE VENEZUELA (AMHA). Dichos beneficios son: SEGURO DE VIDA. Y/O CUALQUIER OTRO BENEFICIO QUE PUEDA CORRESPONDERLES. Debe ser solicitado ante EMPRESA AMERICAN MOTOR & HEALTH ASSOCIATION DE VENEZUELA (AMHA). Vistos los recaudos y demás actuaciones que integran el presente expediente y cumplidos los extremos de Ley, éste TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: AUTORIZAR, a la ciudadana ROSAURA ANDREINA PEREZ OCANTO, ya identificada, para que en su carácter de progenitora y representante legal de los niños KLEIBER EDUARDO Y ROSMER ANDRES PEREZ PEREZ y de CARLOS JAVIER PEREZ RODRIGUEZ, efectúe los trámites correspondientes al cobro de los mencionados beneficios que le corresponden a los niños y/o adolescentes antes mencionados.- Se hace la salvedad, que únicamente la cuota parte que le corresponde a dichos niños, deberá ser remitida en CHEQUE DE GERENCIA, a nombre de éste Tribunal de Protección, para ser depositado en un Instituto Bancario a su favor y en resguardo de sus intereses.- Expídase por Secretaría copia certificada de la presente decisión a los fines de que surta su efecto legal.-
DRA. CARLA VASQUEZ BORGES
JUEZ TEMPORAL DE PROTECCION
ABG. ADELA CARRASCO
SECRETARIA
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.-
CVB/er.
S-4451
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