REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR TERCERO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO


EXPEDIENTE: GP02-R-2004-000508
DEMANDANTE: JOSE LUIS GONZALEZ MENDEZ
ABOGADO ASISTENTE: HIDALIA LORAN GONZALEZ Y OTROS
DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO BEJUMA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES



En el día hábil de hoy 09 de diciembre de 2004, siendo la 1:30 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia prevista en el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se deja constancia que la parte demandante y recurrente ciudadano JOSE LUIS GONZALEZ MENDEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.862.913, no compareció personalmente ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que ante su incomparecencia este Juzgado Superior Tercero del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDA LA APELACIÓN INTENTADA, de conformidad con lo establecido en el artículo 125 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Dada la naturaleza de la presente acción no hay condena en costas. PUBLIQUESE Y REGISTRESE la presente decisión. Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.

La Juez,


Ketzaleth Natera Z.

La Secretaria,


Abog. Xiomara Natera

En la misma fecha se publicó la presente decisión, siendo la 1:40 p.m.

La Secretaria,


Abog. Xiomara Natera