REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 06 de Diciembre del año dos mil cuatro
194º y 145º
SENTENCIA
EXPEDIENTE: GP02-L-2004-001397
PARTE ACTORA: SANTOS SALGUERO
PARTE DEMANDADA: SALCAR CONSTRUCCIONES C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES
Vista la diligencia de fecha 17 de Noviembre del año 2004, presentado por el SANTOS SALGUERO, plenamente identificada en autos asistido por el Procurador Especial de Trabajadores CARLOS E. DIAZ, inscrito en el inpreabogado bajo el número 94.075, donde desiste de la acción intentada en este caso, y solicita del tribunal que homologue dicho desistimiento.
El Tribunal de la causa, visto que el desistimiento del procedimiento no es contrario a derecho, es por lo que este TRIBUNAL NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador derivados de la relación de trabajo derivadas de la relación de trabajo , ni normas de orden publico. HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, en los términos que se estableció, DANDOLE EFECTO DE COSA JUZGADA.
LA JUEZ
ABG. ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA
EYLYN RODRIGUEZ
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