REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo
Valencia, ocho de Diciembre de dos mil cuatro
194º y 145º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-S-2004-00002
PARTE ACTORA: ANTONIO JOSE GONZALEZ.
ABOGADA ASISTENTE: .
PARTE DEMANDADA: UNIVERSIDAD DE CARABOBO.
APODERADOS: ARELIS FARIAS Y MARIELA YANEZ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Hoy 08 de diciembre de 2004, siendo las 9:30 am, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la asistencia de la parte demandada UNIVERSIDAD DE CARABOBO, a través de sus apoderados judiciales abogadas ARELIS FARIAS Y MARIELA YANEZ, inscritas en el I. P. S. A. bajo los Nros. 22.378 Y 61.864, según consta de instrumento poder consignado para su vista y devolución. Igualmente, se deja expresa constancia de que la Parte Actora ciudadano ANTONIO JOSE GONZALEZ, no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, no obstante haber concedido el Despacho quince minutos de espera, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Agreguense las pruebas al expediente. Años 193 ° y 144 °.
EL JUEZ,

Abg. Oliver Gómez C.
EL SECRETARIO,

Abg. Astrid González