REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRABAJO, TRANSITO Y MARITIMO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDUCIAL DEL ESTADO CARABOBO..
Puerto Cabello, 20 de Diciembre de 2004.-
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede suscrita por el Abogado FABIO CASTELLANO, en su condición de Apoderado Judicial de la Entidad Mercantil FLETEMAR FLETAMENTOS MARITIMOS, C.A. donde desiste de la presente acción. éste Tribunal homologa dicho desistimiento y acuerda tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada. En consecuencia, se SUSPENDE la medida de Prohibicion de Zarpe de la Motonave decretada por este Despacho en fecha 16/12/2004, oficiandose lo conducente al ciudadano Capitan de Puerto de la Capitania de Puerto del Municipio Maracaibo del Estado Zulia a los fines legales consiguientes.- Se ordena el archivo del expediente. Líbrese Oficio.-
Juez Temporal,

Dr. RAFAEL E. PADRON HERNANDEZ.
La Secretaria Suplente,

AISSES SALAZAR
En la misma fecha se oficio bajo el N° 1231 y se archivo el expediente constante de ______folios utiles la primera pieza y constante de______al cuaderno de medidas.-
La Secretaria Suplente,

AISSES SALAZAR