Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo.
Valencia, 10 de diciembre de 2004
194° y 145°
DEMANDANTE: Abogadas Maribel Gonzalez Sandoval y Margarita Rosa Agamez, Endosatarias en Procuración de la ciudadana Yasmin Josefina Gonzalez.
DEMANDADO: BODEGON RIO Y MAR, C.A.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (INTIMACION)
EXPEDIENTE: 15.802.-

Visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes segun consta en escrito presentado por ante este Juzgado en fecha 07 de diciembre del presente año, y por cuanto este Tribunal observa que el mismo no es contrario a derecho, y versa sobre derechos disponibles a saber: 1) Hay legitimidad de partes, se realizó entre demandante y demandado. 2) El objeto del Convenimiento es licito, es decir, no atenta contra el orden público, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACION a los fines de que tenga fuerza de cosa juzgada.
LA JUEZ PROVISORIO

DRA. TIBISAY SIRIT CARREÑO
LA SECRETARIA

Abg. ISABEL ORLANDO.

TSC/ar.-