En horas de despacho del día de hoy, Nueve (09) de Diciembre del año Dos mil cuatro (2004), siendo las 10:00 de la mañana, se trasladó y constituyó el Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble ubicado en la Urbanización Majay, calle 151, número cívico Ríos 51, Parroquia San José, Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía de la abogada Erus Castillo, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.125.485, e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.154, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana Ivonne Rojas de Bello.- Presentes los ciudadanos Elizabeth García de Quiñónez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.388.325 y Teobaldo Humberto Rojas Torres, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.842.913 a quienes en su carácter de ocupantes se les notificó de la misión a realizar, imponiéndole del contenido del despacho librado por el Juzgado Sexto de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego del Estado Carabobo. En este estado la abogada actora expone: Solicito al Tribunal se sirva hacer entrega formal del inmueble donde se encuentra constituido, conformado por una (01) casa quinta y un lote de terreno sobre el cual está constituida y mide 560,62 mts2, ubicada en la Urbanización Majay, calle 151, con número cívico Ríos 51, Jurisdicción del Municipio valencia del Estado Carabobo.- El Tribunal, ordenado como ha sido por el comitente y solicitado por la abogado actora, hace formal entrega material del inmueble donde se encuentra constituido, anteriormente descrito y pone el mismo en posesión de la Apoderada Judicial de la ciudadana Ivonne Rojas de Bello, quien lo recibe conforme para su representada. Seguidamente los notificados manifiestan al Tribunal que proceden al traslado de todos sus bienes bajo su propia cuenta y riesgo al sector Nueva Valencia en esta misma ciudad. En este estado siendo las 11:00 de la mañana, el Tribunal hace constar que la Apoderada Judicial de la ciudadana Ivonne Rojas de Bello, recibe para su representada el inmueble conforme libre de bienes y personas. Es todo. Siendo las 11:30 de la mañana el Tribunal regresa a su sede, haciendo constar que no se presentó incidencia alguna y que las firmas que suscriben la presente acta son estampadas de manera voluntaria y sin ningún tipo de apremio. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman menos el notificado por haberse ausentado del acto.- La Juez Provisorio, (FDO: DRA. ALIX RODRÍGUEZ; La abogado actora, (Fdo) Firma Ilegible; La notificada, (Fdo) Firma Ilegible; La Secretaria acc, (Fdo) ALIMAR LAYA.-