Por recibida la comisión, proveniente del Juzgado Tercero Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego del Estado Carabobo, Agréguese la misma al cuaderno separado de medidas, y visto el Convenimiento celebrado entre las partes en el presente juicio, en fecha 29 de Noviembre del 2004, por una parte la ciudadana ALICIA ANTONIA POCINO, Asistida por la Abogada YASENKA FRANQUIS R.; demandada de autos, y por la otra los Abogados ANÍBAL GARCÍA Y MÁYELA TENZ, Apoderados Judiciales de la ciudadana MARIA ANTONIA MEDINA, , parte actora del presente juicio, todos plenamente identificados en autos