REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO




Exp. N° 244-03

Son remitidas las presentes actuaciones a este Tribunal con motivo del recurso de apelación ejercido por la parte accionada, en el juicio que por Prestaciones Sociales, incoare la ciudadana MARIA CHACON DE AZPURUA, -
Se observa de lo actuado al folio 15, que la parte apelante (representante judicial de la parte Accionada) Desistió de la apelación interpuesta en fecha 08 de julio de 2003, contra el auto dictado por el Extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 01 de julio de 2003.

Por auto expreso se fijo oportunidad para la realización de la audiencia oral, cuya materialización no llevó a cabo en virtud del desistimiento efectuado por la parte apelante.

Frente a los hechos narrados precedentemente, este Tribunal Superior Primero del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Administrando Justicia, y por Autoridad de la Ley, Declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION ejercido por la parte Accionada, contra el auto dictado por el Extinto Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo de esta Circunscripción Judicial de fecha 01 de julio de 2003.

Se condena en COSTAS a la Accionada Apelante.

Publíquese, Regístrese y Déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Valencia, a los dos (02) días del mes de agosto del dos mil cuatro. (2004). Años: 194° y 145°.


HILEN DAHER DE LUCENA
JUEZ,


ANTONIETA RAMOS REYNA
SECRETARIA,


En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 11:30 de la mañana.


LA SECRETARIA



Exp. N°244/03
HDdeL/ARR/Lisbeth Morillo