ACTA


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000627
PARTE ACTORA: HENRY RAFAEL DIASMON
APODERADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: VASQUEZ ARTURO LUIS
PARTE DEMANDADA: INGENIERIA DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO MENVEL, C.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: YALEXY VÉLIS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 4 de Agosto de 2004, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia de preliminar, se dejó expresa constancia que la parte actora, ciudadano HENRY RAFAEL DIASMON, titular de la cédula de identidad N° 9.695.184, no compareció a la continuación de la udiencia de preliminar, fijada para las 3:00 p.m. del día de hoy, ni por sí mismo ni por medio de apoderado judicial, así como tampoco estuvo presente la parte demandada, soicedad de comercio INGENIERÍA DE SERVICIOS Y MANTENIMIENTO MENVEL, C.A., por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Susctanciación, Medicaicón y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 145 y 194.
La Juez


Abog. Atilia Olivo Gómez
El Secretario


Abog. Oliver Gómez