ACTA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2004-000721
PARTE ACTORA: JHON ENRIQUE ALVAREZ QUEVEDO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: LIONELL LEÓN DOMÍNGUEZ
PARTE DEMANDADA: ALIEN SPORT, C.A.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: OCTAVIO VIRGILIO PUMAR VILLORIA
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: OCTAVIO JOSÉ ALCALÁ GIL
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy 19 de Agosto de 2004, siendo las 10:00 .a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la audiencia de preliminar, comparecieron a la misma el ciudadano JHON ENRIQUE ALVARÉZ QUEVEDO, tiitular de la cédula de identidad N° 15.419.921, parte actora, asistido por la abogada LIONELL LEÓN DOMÍNGUEZ, Procuradora Especial de Trabajadores, el ciudadano OCTAVIO VIRGILIO PUMAR VILLORIA, titular de la cédula de identidad N° 7.144.995, en su carácter de representante estatutario de la sociedad de comercio demandada ALIEN SPORT, C.A., asistido por el abogado OCTAVIO JOSÉ ALCALÁ GIL, dándose inicio a la audiencia. Luego de iniciada la presente audiencia el ciudadano JHON ENRIQUE ALVARÉZ QUEVEDO, antes identificado, manifiesta que, habiendo negado el representante de la demandada la relación laboral, a los efectos de incoar nuevamente la demanda contra las personas a que haya lugar, decide DESITIR del presente procedimiento y dar por terminado el mismo, por lo que solicita al Tribunal su homologación. Oída la exposición del demandante, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Estado Carabobo, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO formulado por el actor y da por terminado el mismo, procediéndose con carácter de cosa juzgada. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE. Años 145° y 194°
La Juez


Abog. Atilia Olivo Gómez
Parte actora

Abogada asistente

Representante de la demandada


Abogado asistente


El Secretario


Abog. Oliver Gómez