REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.


ACTA

Nº DE ASUNTO: GPP02-L-2004-000338
PARTE ACTORA: YASENKA DEL VALLE GOMEZ SOLORSANO
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: GUSTAVO SOTO VALENZUELA
PARTE DEMANDADA: AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A Y CONSORCIO INVERSIONES MERCANTIL CIMA C.A S.AIC.A- SACA
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: MECQ M. JESUS EDGARDO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, 25 de agosto de 2004, comparecen por una parte el abogado GUSTAVO SOTO VALENZUELA, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 4.421, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora y por la otra la demandada AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A, debidamente representada por el abogado MECQ M. JESUS EDGARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 74.534. Seguidamente ambas partes proceden a exponer:
Primero: El Apoderado Judicial de la parte accionante declara que su representada prestó servicio personales para la empresa AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A cumpliendo labores de vendedora desde 01/03/2000 hasta 31/07/2003, fecha en la que fue despedida injustificadamente devengando un salario de Bs. 1.800.000
Segundo: El Apoderado Judicial de la parte accionante manifiesta que en virtud de la relación laboral que sostuvo su representada con la demandada reclama los siguientes conceptos: Indemnización por antigüedad, utilidades, vacaciones, bono vacacional e intereses sobre prestaciones sociales, conceptos estos contenidos en los artículos 108, 174, 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo.
Tercero: La Empresa demandada, reconoce la existencia de la relación de trabajo, no así el tiempo de servicio, el salario alegado en el escrito libelar y despedido injustificadamente.
Segundo: La Empresa demandada, manifiesta que en virtud a los servicios prestados por la parte actora, no le adeuda a la demandante nada de los conceptos de las Indemnizaciones de Antigüedad, utilidades, vacaciones, bono vacacional e intereses sobre prestaciones sociales, contenidos en los artículos 108, 174,223, 225 de la Ley Orgánica del Trabajo, que alega en el escrito libelar.
Tercero: La empresa demandada, niega y rechaza el monto demandado en el escrito libelar por parte de la actora por concepto de Prestaciones Sociales. Manifestando de este modo que solo queda pendiente por concepto de una bonificación especial la cantidad de Bs. DIEZ MILLONES DE BOLIVARES EXACTOS, lo cuales serán cancelados en este acto mediante cheque N° 70893993 girado contra el Banco MERCANTIL, a nombre de la ciudadana YASENKA GOMEN (demandante) .
Cuarto: El representante judicial de AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A, manifiesta, que no existe la solidaridad alegada en el libelo de la demanda, entre las sociedades de comercio entre AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A y CONSORCIO INVERSIONES MERCANTIL CIMA C.A S.AIC.A- SACA .
En este estado, el Apoderado Judicial de la parte actora, manifiesta que con el pago recibido de AGROPECUARIA LA MACAGUITA C.A, queda transado los
conceptos demandados en el escrito libelar y en consecuencia desiste del presente procedimiento y de la acción incoado contra las empresa CONSORCIO INVERSIONES MERCANTIL CIMA C.A S.AIC.A- SACA . y CONSORCIO CIMA LA MACAGUITA .

En consecuencia, ambas partes acuerdan estar plenamente satisfecha con el presente acuerdo, por lo que este Tribunal de conformidad con lo previsto en el artículo 133 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto lo pactado no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, en los términos como las partes lo establecieron, dándole efectos de Cosa Juzgada y se ordena el cierre del presente expediente. Así mismo se deja constancia en este acto de la entrega a cada parte de las pruebas consignadas al inicio de la audiencia preliminar, se ordenará el cierre del expediente. Asì como su posterior remisión a la Oficina de Archivo.




LA JUEZ


ABOG. GUDILA SANCHEZ


EL SECRETARIO


ABOG. OLIVER GOMEZ






LAS PARTES