ASUNTO PRINCIPAL: GJO1-S-2002-000330.
ASUNTO ANTIGUO: 20021C18469

Ejecútese la decisión firme dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 05-03-2003, mediante la cual DECRETÓ SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida al ciudadano ARGENIS GAGO ROJAS RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° V-5.377.165, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 455, ordinal 4° del Código Penal. Todo en fundamento al artículo 318 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 48 ordinal 8° ejusdem, en concordancia con el artículo 108, ordinal 3º del Código Penal. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, conforme a la competencia atribuida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR PRESCRIPCIÓN, a favor del ciudadano ARGENIS GAGO ROJAS RAFAEL, titular de la cédula de identidad N° V-5.377.165, antes identificado. Por consiguiente este Tribunal, acuerda Oficiar a la Oficina de ONIDEX, a la Consultoría Jurídica del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a lo fines de que cese cualquier solicitud de búsqueda respecto al ciudadano ARGENIS GAGO ROJAS RAFAEL, antes identificado, relacionada con la presente causa, en virtud de que la misma se encuentra terminada. Remítase a la Oficina del Archivo Judicial, para su guarda y custodia definitiva. Líbrense Oficios. Notifíquese. Cúmplase.-
Dada, sellada y firmada en Valencia, a los trece (13) días del mes de Agosto de dos mil cuatro (2004)

Dra. Nelly Arcaya de Landáez.
Jueza de Primera Instancia Penal
en Funciones de Ejecución N° 3.
El Secretario,
En la misma fecha se cumplió lo ordenado
El Secretario,

ASUNTO PRINCIPAL: GJO1-S-2002-000330.
ASUNTO ANTIGUO: 20021C18469