REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

ASUNTO PRINCIPAL: GK01-P-2002-000254

JUEZ: ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTINEZ
ACUSADO: HENRY ARTURO SANCHEZ NAVAS
FISCALÍA: RÉGIMAN TRANSITORIO DEL MINISTERIO PÚBLICO
MOTIVO: SOLICITUD DE RECONSIDERACIÓN
DECISIÓN: SE NIEGA LO SOLICITADO

Quien suscribe, Juez Tercero en funciones de Juicio de esta Jurisdicción Penal, visto y revisado el escrito presentado por la abogada ZENEIDA COLINA, en su condición de Defensora Pública del ciudadano HENRY ARTURO SANCHEZ NAVAS, titular de la cédula de identidad Nº 7.531.998, mediante el cual solicita del Tribunal, la reconsideración de la Medida de Privación Judicial de Libertad, por lo que alega, que su representadota tiene cumplida la mitad de la pena, por haber estado detenido durante Dos (2) años en el Internado Judicial Carabobo.
El Tribunal para decidir observa:
PRIMERO: Consta de las actuaciones, que al ciudadano HENRY ARTURO SANCHEZ NAVAS, le fue dictada por este Tribunal, en fecha 17 de octubre de 2003, en ese entonces al digno cargo de la Jueza Abog, Teresa Santana Reyes, ORDEN DE CAPTURA, a los efectos de que fuere puesto a la orden del Tribunal, para imponerle de la sentencia condenatoria dictada en su contra, y que pudiera ejercer los recursos de Ley.
SEGUNDO: Se desprende de las actuaciones, que el mencionado ciudadano, a la fecha de la solicitud formulada por su defensa, no ha sido puesto a la orden de éste Tribunal, pues la Orden de Captura decretada en su contra, no ha sido materializada, ni se ha puesto a derecho por sus propios medios, y que solamente consta de los Autos, que se practico la Orden de Captura en contra del ciudadano RICHARD ARTURO LÓPEZ RODRÍGUEZ, a quien en fecha 27 de Julio de 2004, se le ordenó su ingreso al Internado Judicial Carabobo, luego de ser impuesto de la Sentencia Condenatoria que fuere dictada en su contra, en su condición de Co-Acusado en la presente causa.
TERCERO: No consta en las actuaciones, que la defensa, dentro del lapso procesal para ello, haya ejercido recurso alguno en contra de la decisión dictada en contra de su patrocinado.

DECISION
En atención a las anteriores consideraciones este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo prevenido en los Artículos 4, 6 y 479 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA IMPROCEDENTE lo solicitado, y en consecuencia, niega lo solicitado por la defensa del ciudadano HENRY ARTURO SANCHEZ NAVAS, plenamente identificado en los Autos, ratificando la Orden de Captura que pesa en su contra.
Respecto del ciudadano RICHARD ARTURO LÓPEZ RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 11.816.008, y por cuanto en fecha 27 de Julio de 2004, ha sido impuesto de la Sentencia Condenatoria dictada en su contra en fecha 24 de Septiembre de 2001, por el Tribunal de Primera Instancia del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial Penal del estado Carabobo, SIN QUE HASTA LA FECHA HAYA INTERPUESTO Recurso alguno, se ordena remitir la causa respecto de éste, al Tribunal de Ejecución correspondiente, a los fines establecidos en el articulo 479 Código Orgánico Procesal Penal. Así se decide.
Notifíquese. Ofíciese lo conducente.



ABOG. ADHEMAR AGUIRRE MARTÍNEZ
JUEZ TERCERO EN FUNCIÓN DE JUICIO


La Secretaria
Abog. Yumirna Marcano