Valencia, 23 de Agosto de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-001172

Vista la solicitud de Sobreseimiento efectuada por la Fiscal Séptima del Ministerio Público en la causa seguida al ciudadano RICARDO ANTONIO ESTIL REVERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.079.015, Venezolano natural de Caja Seca Estado Zulia, de 20 años de edad, soltero, con domicilio en Vivienda Rural de Bárbula Comunidad Simón Bolívar, Calle Monagas Nº 229, Naguanagua Estado Carabobo, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal. La Juez se AVOCA al conocimiento de la presente causa y una vez avocada observa que: El Representante del Ministerio Público, solicitó el Sobreseimiento de la causa conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo a los fines de decidir observa lo siguiente:

LOS HECHOS

La presente causa se inicia en fecha 17/07/2000, Por el Procedimiento que riela en las actuaciones Procésales en Acta Policial en la cual el Agente IRVIN HERNÁNDEZ GARCIA, titular de la cédula de identidad Nº V-11.654.309, adscrito a la Parroquia Policial San José de la Comandancia General de Policía, deja constancia que encontrándose de servicio en el Punto de Control Mañongo, en compañía del Agente VICTOR ISAAC TOVAR AZOCAR, en horas de la tarde se presentó un ciudadano en una Moto con el rostro ensangrentado, quien se identificó como JOSE RAFAEL MATUTE, titular de la cédula de identidad Nº V-4.137.026, residenciado en la Avenida Michelena, casa NC 107-02, manifestando que un ciudadano le había golpeado con un objeto contundente (piedra), en el rostro a la altura del ojo derecho y el mismo se encontraba cerca del lugar, de inmediato procedieron a trasladarse junto con el ciudadano, JOSE RAFAEL MATUTE, en la Moto a fin de detener al ciudadano, dirigiéndose por la Avenida Manuel Feo la Cruz, a la altura del semáforo, lograron darle alcance a un ciudadano, quien dijo llamarse RICARDO ANTONIO ESTIL REVERON, titular de la cédula de identidad NC V- 14.079.015, residenciado en la Vivienda Rural de Bárbula, Urbanización Simón Bolívar, Calle Monagas, casa NC 229, dicho ciudadano fue señalado como el agresor de JOSE RAFAEL MATUTE.

DEL DERECHO

Del contexto anterior y tomando en consideración lo expuesto por el Ministerio Público en su solicitud en el sentido de que cuando a pesar de la falta de certeza, no exista razonablemente la posibilidad de incorporar nuevos datos a la investigación, y no haya bases para solicitar fundadamente el enjuiciamiento del imputado, es por lo que este Tribunal estima que es procedente y ajustado a derecho la solicitud de la Representante Fiscal, de Sobreseer la presente causa seguida a RICARDO ANTONIO ESTIL REVERON , conforme a lo previsto en el artículo 318 Ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal.


DISPOSITIVA

Por las razones de hecho y de derecho que anteceden, éste Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, y conforme a lo previsto en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida contra RICARDO ANTONIO ESTIL REVERON, titular de la cédula de identidad Nº V- 14.079.015, Venezolano natural de Caja Seca Estado Zulia, de 20 años de edad, soltero, con domicilio en Vivienda Rural de Bárbula Comunidad Simón Bolívar, Calle Monagas Nº 229, Naguanagua Estado Carabobo, por la comisión del delito de Lesiones Personales Intencionales Menos Graves, previsto y sancionado en el Artículo 415 del Código Penal. Quedando ejecutado el anterior fallo. Notifíquese a las partes. En la oportunidad remítanse las actuaciones al Archivo Central para su posterior remisión al Archivo Judicial. Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control, a los 23 días del mes de Agosto de 2004.-


La Juez 11ª de Control
Dra. ILEANA VALBUENA



LA SECRETARIA.
María E. Hernández.