REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 9 de Agosto de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GP01-S-2004-001429


Celebrada como ha sido la Audiencia Especial de Presentación de Imputados, el Fiscal Primero del Ministerio Público Abogado José Luís Román, solicitó Libertad sin restricción para el Ciudadano JUAN CARLOS MONTERO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No 13.470.051, de profesión u oficio chofer, hijo de Rafaela Montero y de padre desconocido, domiciliado en la Urbanización Parque Valencia, Res. Park Center, Edif. Farriar, piso 6 apto 6-B, Valencia Estado Carabobo, en virtud de que el ciudadano antes identificado fue detenido por encontrarse incurso en la presente comisión de uno de los delitos contra las personas, en este caso el de Lesiones, tal como se evidencia del Acta Policial, suscrita por el funcionario Cañizales Ángel. Así mismo manifestó la Representante del Ministerio Público, Abogado María Alejandra Rufo, que en las actuaciones no consta que se encuentren dadas las circunstancias del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en los artículos 373, 243 y 244 ejusdem, ratificando la solicitud de Libertad Plena, para el precitado ciudadano. Presente los Abogados defensores Mariagny Álvarez y Dany Carrasco, quienes solicitaron igualmente la Libertad Sin Restricción para su defendido. Este Tribunal para decidir observa: PRIMERO: Que el Representante del Ministerio Público no imputó la presunta comisión de ningún hecho punible al ciudadano JUAN CARLOS MONTERO. SEGUNDO: Se constata igualmente de las actuaciones no están llenos los supuestos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control de este Circuito Judicial Penal, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley decreta Libertad Sin Restricción para el Ciudadano JUAN CARLOS MONTERO, titular de la cédula de identidad N° 13.470.051. Remítase las actuaciones a la Fiscalía Segunda del Ministerio Público.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias del Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control, en Valencia a los Nueve (9) días del mes de Agosto del año Dos Mil Cuatro (2004) Años 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
La Juez Séptimo de Control

Abg. Diana Calabrese Canache

La Secretaria
Abg. Magali Parra

En la misma fecha se cumplió lo ordenado,

La Secretaria Abg. Magaly Parra