REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL
Valencia, 31 de Agosto de 2004
Años 194º y 145º

ASUNTO : GJ01-S-2002-000950
En esta misma fecha, se avoca al conocimiento de la presente causa, la Juez Teresa Santana Reyes quien ejerce funciones como Juez Cuarto en función de Control de este Circuito Judicial Penal desde el 02/ 08/2004
Visto y revisada exhaustivamente la actuación que se signe en contra del imputado DEIVIS OSES GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Indocumentado, domiciliado en el Barrio Campo Alegre, calle El Saman, casa sin numero, San Joaquín, Estado Carabobo, por el delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO tipificado en el artículo 278 del Código Penal, presentado ante este despacho por la defensa pública Abg GREGORIA TORREALBA adscrita a esta interdicción; como quiera que al Ministerio Público se le concedió un plazo de cuarenta y cinco (45) días en fecha 12 de enero de 2004 y hasta la presente no existe pronunciamiento alguno. Este Tribunal en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, pasa a decidir:
PRIMERO: Decreta el Archivo de las actuaciones; por cuanto el Ministerio Público no ha presentado Acusación, no ha solicitado el Sobreseimiento de la Causa. Se le ha vencido el lapso prudencial que se le acordó. SEGUNDO: Ordena que cesen las medidas cautelares que le fuesen impuestas en dicha oportunidad.
TERCERO: Ordena librar los oficios correspondientes conducentes a la Suspensión de las Medidas, tanto a la Oficina de Alguacilazgo como a los Organismos Policiales.
CUARTO: Ordena sean notificadas las partes; y en especial a la victima quien podrá solicitar la reapertura de dicha investigación si posee nuevos elementos que así se compruebe; y firma autorizada del Juez.
La Juez Cuarta en Función de Control

Dra. TERESA SANTANA

La Secretaria.
Mónica Canelón