REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARÍTIMO Y BANCARIO. EXTENSIÓN PUERTO CABELLO.

GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, TRANSITO, TRABAJO, MARITIMO Y BANCARIO DEL MUNICIPIO PUERTO CABELLO.
Puerto Cabello, 26 de Agosto de 2004.
194° y 145°
Vista la diligencia de fecha 10-02-2003 y el documento consignado debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Primera de Puerto cabello, de fecha 07-02-2003, el cual quedo anotado bajo el N° 05, Tomo 04 de los Libros de Autenticaciones llevados en la misma (f. 14 al 26 Pieza II), que contiene la transacción suscrita entre las partes, la demandada empresa DIQUES Y ASTILLEROS NACIONALES, C.A. (DIANCA), representada por su apoderado general ciudadano IVAN BARANENKO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 14.274, por una parte, y por la otra el abogado OMAR HENRNADEZ CARMONA, Inpreabogado N° 14.980, en su carácter de apoderado actor. Vista además el Acta de Junta directiva signada N° 505 de fecha 14-01-2003, consignada en fecha 22-08-2003 (f.58 Pieza II), donde se aprobó la transacción efectuada, se homologa dicha transacción y se acuerda tenerla como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.
El Juez Temporal,

Dr. RAFAEL PADRON HERNANDEZ.
La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES.
En la misma fecha se archiva el presente expediente, constante de ______ folios útiles la pieza principal y de 62 folios utiles la pieza II.
La Secretaria,

Abog. MERCEDES MEZONES.