REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de Agosto de 2.004
193° y 145°

Vista la diligencia que antecede y por cuanto ciertamente la presente causa se encuentra paralizada por no haberse cumplido los actos procesales subsiguientes dentro de los lapsos legalmente establecidos, se ordena la notificación de las partes para la reanudación de la causa, cuya reanudación comenzará a transcurrir el día de Despacho siguiente, una vez que conste en autos la notificación de las partes, y transcurridos como sean 10 días de Despacho para la reanudación.
Asimismo, como quiera que de la revisión de las actas del expediente se constata que mediante escrito de fecha 17-09-2003, (folio 4 de la segunda pieza principal), la parte demandada impugnante del poder solicitó de conformidad con el articulo 156 del Código de Procedimiento Civil, la exhibición del pasaporte colombiano del ciudadano JOSÉ BAYARDO GARCÍA ACOSTA, quien se identificó con el Nro. AG3399146, y por cuanto ciertamente en el poder impugnado que corre al folio 116 de la segunda pieza, el otorgante menciona el pasaporte Nro. AG3399146, de conformidad con lo establecido en el artículo 156 del Código de Procedimiento Civil, se fija el tercer (3°) día de despacho siguiente a la reanudación de la causa, a las 10:00 de la mañana, para que la parte actora exhiba el documento mencionado en el poder, esto es el pasaporte Nro. AG3399146, para su revisión y examen por la parte demandada impugnante. Líbrese boletas de notificación.
La Juez Titular,

Abog. RORAIMA BERMÚDEZ,

La…
… Secretaria,

CARMEN MARTÍNEZ,


En la misma fecha se libraron boletas de notificación.

La Secretaria,


/ar.-


























REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de Agosto de 2.004
193° y 145°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los abogados ALEJANDRO ARENAS y/o HECTOR GAMEZ ARRIETA y/o CESAR DUBEN y/o CARMEN ROSA GAMEZ y/o PEGGY GAMEZ DE DUBEN, en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JOSÉ BAYARDO GARCÍA ACOSTA, parte actora en el juicio que por REIVINDICACIÓN es intentado contra CANDELARIA IRENE SANTANA DE LA ROSA; que este Juzgado por auto de esta misma fecha ordenó la reanudación de la causa, una vez que conste en autos la notificación de las partes, transcurridos como sean 10 días de Despacho para la reanudación. Igualmente, fijó el tercer (3°) día de despacho siguiente a la reanudación de la causa, a las 10:00 de la mañana, para que la parte actora exhiba el pasaporte colombiano Nro. AG3399146, perteneciente al ciudadano JOSÉ BAYARDO GARCÍA ACOSTA, para su revisión y examen por la parte demandada impugnante.
La Juez Titular,

Abog. RORAIMA BERMÚDEZ G.
La Secretaria,

CARMEN MARTÍNEZ,




REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-
Valencia, 09 de Agosto de 2.004
193° y 145°

BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

A los abogados BERNARDA GUTIÉRREZ LOPEZ y/o RAFAEL PÉREZ PADILLA, en su carácter de apoderados judiciales de la ciudadana CANDELARIA IRENE SANTANA DE LA ROSA, parte demandada en el juicio que por REIVINDICACIÓN es intentado en su contra por JOSÉ BAYARDO GARCÍA.0 ACOSTA; que este Juzgado por auto de esta misma fecha ordenó la reanudación de la causa, una vez que conste en autos la notificación de las partes, transcurridos como sean 10 días de Despacho para la reanudación. Igualmente, fijó el tercer (3°) día de despacho siguiente a la reanudación de la causa, a las 10:00 de la mañana, para que la parte actora exhiba el pasaporte colombiano Nro. AG3399146, perteneciente al ciudadano JOSÉ BAYARDO GARCÍA ACOSTA, para su revisión y examen por la parte demandada impugnante.
La Juez Titular,

Abog. RORAIMA BERMÚDEZ G.
La Secretaria,

CARMEN MARTÍNEZ,